Mostrando entradas con la etiqueta derecho romano. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta derecho romano. Mostrar todas las entradas

lunes, 25 de mayo de 2015

Derecho Romano - Guía para el segundo parcial

FAMILIA

1.- ¿Qué sistema de parentesco utilizaban los romanos y que sistema se utiliza hoy en día?
- Se utilizaba el sistema agnaticio y actualmente se utiliza el cognaticio

2.- Diferencias entre agnatio y cognatio.
- agnaticio: solo el parentesco por línea paterna cuenta en derecho cognaticio: reconoce el parentesco por línea materna y paterna y da como resultado la familia mixta.

3.- ¿Qué significa paterfamilias?
- Paterfamilias significa el que tiene poder sobre los bienes domésticos.

4.- ¿Cuál es la relación del paterfamilias con los diversos miembros de la domus?
- Sobre los clientes tiene un poder patronal - Sobre los esclavos tiene un poder comparable al que tiene sobre la propiedad privada -Sobre los libertos ejerce los iura patronatus -Sobre su esposa y las nueras puede tener la manus -Sobre los hijos y nietos tiene la patria potestad.

5.- ¿Qué es la manus?
-La naturalización domestica de la mujer en la domus del marido.

6.- ¿Qué es la patria potestad?
-Poder que el paterfamilias tenía sobre hijos y nietos. Normalmente duraba hasta la muerte del paterfamilias.

7.- ¿Cuáles son las fuentes de la patria potestad?
-Iustae nuptie (matrimonio legitimo) -Legitimacion (procedimiento para establecer la patria potestad sobre hijos naturales) -La adopción -La adrogatio (esta permite que un paterfamilias adquiera la patria potestad sobre otro paterfamilias).

8.- ¿Cuáles son las causas por las que se extingue la patria potestad?
-Por la muerte del padre -Por la muerte del hijo -Por la adopción del hijo por otro paterfamilias o la adrogatio del paterfamilias -Por casarse una hija cum manu -Por el nombramiento del hijo para ciertas funciones religiosas o burocráticas -Por emancipación -Por disposición judicial, como castigo del padre.

9.- Similitudes y diferencias entre Iustae Nuptiae y Concubinato
-Iustae Nuptiae: amplias consecuencias jurídicas
-Concubinato: consecuencias jurídicas reducidas
Elementos comunes: son uniones duraderas y monogamicas de un hombre con una mujer, los sujetos tienen la intención de procrear hijos y apoyarse mutuamente, ambas formas son socialmente respetadas.
* Si falta alguno de los requisitos de la iustae nuptiae, la convivencia sexual debe calificarse de concubinato.

10.- ¿Cuáles fueron las causas que motivaron la legislación caducaría y cuáles fueron sus efectos?
-Augusto necesitaba auténticos romanos para la realización de sus proyectos y le molestaba que los ciudadanos no quisieran casarse o que ya casados no quisieran tener hijos. Por eso puso en vigor una política de premios y castigos en las leyes Pappia Poppea y Iulia. Estas prohibían a los célibes y orbi (cónyuges sin hijos) recibir herencias y legados y también ponían obstáculos en sus carreras públicas. En cambio, los ciudadanos casados y con hijos, tenían privilegios.

11.- ¿Cuáles son los regímenes patrimoniales que permite el derecho moderno y cuales permitía el derecho romano?
-Derecho moderno: Separación de bienes y la sociedad conyugal Derecho romano: -Separación total (resulta del matrimonio sine manu) -Una sociedad parcial o total de bienes aportados o de gananciales que puede resultar de un contrato respectivo entre los cónyuges -La concentración de todo el patrimonio de los cónyuges en las manos del marido (resulta del matrimonio cum manu)

12.- ¿En qué consiste la dote?
-Derecho que el marido tiene a que la mujer aporte ciertos bienes para ayudarle a cubrir los gastos del hogar, La dote pude tomar la forma de una entrega, una promesa o la remisión de una deuda a cargo del marido. Podía proceder del patrimonio del paterfamilias de la esposa, de la esposa misma o de terceros.

13.- ¿Por qué estaban tan restringidas las donaciones entre cónyuges?
-Estaban restringidas para purificar el matrimonio y que no se contaminara con codicia. Ulpiano nos dice que, además, estaban puestas para que los cónyuges no se despojaran el uno al otro por mutuo amor. Paulo añade que porque es mejor usar el dinero para la educación de los hijos. Cecilio decía que porque por tales donaciones podían haber conflictos en el seno familiar si el cónyuge más rico hiciera donaciones inferiores a la generosidad del otro.

14.- ¿Cuáles son las diferencias entre tutela y curatela?
-La tutela estaba ideada para situaciones normales como la infancia, impubertad, sexo femenino -La curatela servía para remediar situaciones excepcionales como la prodigalidad, la locura o la inexperiencia de algunos impúberes menores de veinticinco años.
El tutor era un hombre fuerte para proteger a infantes, impúberes y mujeres, mientras que el curador era un sabio consejero para personas físicamente capaces, pero mentalmente débiles.

DERECHOS REALES

1- ¿Qué son los derechos reales?
Son derechos oponibles a cualquier tercero, que facultan a su titular para que saque provecho de u na cosa, sea en la forma máxima que permite el derecho.

2- ¿Cómo se clasifican los derechos reales?

3- ¿Qué son las cosas?
Cosas son elementos, corpóreos o incorpóreos, del mundo exterior que pueden producir una satisfacción al hombre.

4- ¿Por qué una cosa puede estar fuera del comercio?
Por razones físicas (como el sol), o por razones jurídicas. A su vez, estas razones jurídicas pueden ser de derecho humano o de derecho divino.

5- ¿Qué cosas están fuera del comercio por razones jurídicas de derecho humano?
Por razones de derecho humano están fuera de comercio:

a) Res communes omnium iure naturali: las cuales pertenecen a todos por derecho natural (como la costal del mar). Aunque el Estado puede reglamentar su uso.

b) Res publicae: las cuales deben estar a disposición del público en general (como carreteras). Sólo se pueden vender una vez que estén separadas de su fin público.

c) Res universitatium: son sustraídas al comercio por estar reservadas al uso de una corporación pública inferior al Estado (como municipios). Estaban a disposición no del romano en general sino de los miembros de la corporación pública en cuestión.

6- ¿Qué cosas están fuera del comercio por razones jurídicas de derecho divino?
Por razones de derecho divino, están fuera del comercio:

a) Res sacrae: destinadas al culto de los dioses públicos (templos).

b) Res religiosae: destinadas al culto de dioses domésticos (tumbas).

c) Res sanctae: límites de los campos o de la ciudad (con sus murallas o puertas), colocados originalmente bajo la protección del dios Terminus.

7- ¿Cuáles son los distintos criterios de distinción de las res in comercio?
Se dividen en res mancipi y res nec mancipi.

a) Res mancipi: son terrenos dentro de Italia, algunas servidumbres rústicas en relación con estos, esclavos y animales de carga. Su enajenación tomaba la forma solemne de una mancipatio (con cinco testigos, una libripens, una balanza, un pedazo de bronce y el uso de una serie de fórmulas consagradas por la tradición).

b) Res nec mancipi: las demás cosas que estén en comercio, tiene nueve divisiones:
  1. Comprenden precisamente objetos de mayor interés práctico para una primitiva comunidad agrícola.
  2. La segunda división comprende los muebles de los inmuebles; dentro de la categoría de mobilia encontramos una subcategoría de moventia, cosas que se mueven por propia fuerza interior, como los animales.
  3. La tercera división habla de bienes genéricos y específicos; los bienes genéricos son libremente intercambiables y aún no están individualizados, aunque pueden serlo al contar, medir o pesar; los bienes específicos ya están individualizados por el hecho de tener características particulares.
  4. La cuarta división distingue los comestibles de los no comestibles: en el primer caso el uso normal del bien tiene como consecuencia su desaparición (como el pan) y en caso del segundo el uso normal no consume de modo perceptible la cosa (un edificio).
  5. Bienes corpóreos e incorpóreos, según puedan tocarse o no.
  6. Cosas principales y accesorias: la primera es la combinación de cosas compuestas, la segunda aquello que comprende la principal.
  7. Cosas simples de las compuestas: aquí las cosas compuestas son aquellas cuyos elementos están materialmente unidos.
  8. Cosas divisibles e indivisibles: la divisible puede descomponerse sin perder su carácter original.
  9. Capital, o cosa matriz y sus frutos.

8- De acuerdo con Savingy, ¿cuáles son los 2 elementos necesarios para que se constituya la posesión?
Corpus (poder físico y exclusivo sobre un objeto) y animus (la voluntad de poseer el objeto como suyo).

9- Según Savingy, ¿qué se configura cuando falta el animus?
Cuando falta el animus ya no se habla de posesión sino de simple detentación la cual carece de las consecuencias jurídicas de la posesión.

10- Diferencia entre propiedad y posesión.
Propiedad es como el derecho legítimo de hacer uso de un objeto para el goce personal y la posesión es el acto de poseer y tener el objeto.

Puede haber propietarios sin posesión (como en el caso de la víctima de un robo) y poseedores sin propiedad (como en el caso del autor del robo).

11- ¿Cuáles son las distintas clases de posesión?
Existe la posesión de buena fe y de mala fe.

La posesión de buena fe es el caso en que el poseedor tiene el corpus y cree sinceramente que tiene el derecho de propiedad sobre el objeto. Esta posesión implica las siguientes consecuencias jurídicas:

  1. Mediante el transcurso del tiempo, por medio de la prescripción, el poseedor se convierte en propietario.
  2. El poseedor se hace propietario de los frutos del objeto poseído.
  3. El poseedor, si debe entregar el objeto al propietario, tiene el derecho de recuperar los gastos necesarios y útiles hechos en beneficio del objeto y puede retenerlo hasta que se paguen los gastos.
  4. El poseedor goza de la protección posesoria mediante interdictos.
    1. Interdicta adipiscendae possessionis: interdictos para adquirir la posesión.
    2. Interdicta retinendae possessionis: proceden cuando el poseedor está amenazado de deposesión ilegal o cuando alguien perturba su posesión sin privarle de ella.
    3. Interdicta recuperandae possessionis en caso de perder la posesión

La posesión por mala fe es por robo, por ejemplo, y este no se convierte en propietario por prescripción. Al momento de devolver el objeto al propietario debe devolver todos los frutos obtenidos del tal y sólo puede recibir el reembolso de los gastos necesarios

12- ¿Qué es la usucapio?
Es la adquisición de la propiedad mediante posesión continua durante un plazo fijado en la ley.El titular lo puede adquirir mediante el mero paso del tiempo.

Tiene los siguientes requisitos:

  1. Res habilis: no es hábil que la cosa esté fuera del comercio, que sea robado, si anteriormente se consiguieron de mala fe no se pueden usucapiar por algún poseedor de mala fe y es un res habilis un objeto fuera de Italia.
  2. Titulus: el usucapiente debe poder alegar algún título como fundamento a su posesión.
  3. Sólo la posesión de buena fe se convierte por la usucapio en propiedad.
  4. Possessio: se debe tener la posesión del objeto que se quiere usucapir.
  5. Tempus: la posesión debe dudar un año para muebles y dos para inmuebles.
13- ¿Cómo se adquiere y como se pierde la posesión?
Por la pérdida de alguno de sus dos elementos (corpus y animus). En caso de perder el corpus se habla de, por ejemplo, un robo; en caso de perder el animus se habla de, por ejemplo, cuando se vende el objeto en cuestión conservando un poder de arrendatario o detentador.

También es válido si, obviamente, se pierden los dos elementos.

miércoles, 11 de marzo de 2015

Derecho Romano - Guía del Primer Parcial.

1. ¿Cuál es la diferencia entre el derecho natural y el positivo?
Derecho Positivo: es el creado o reconocido por el estado a través de sus órganos, imponiéndolo de esta manera a una sociedad. 
Derecho Natural es el conjunto de principios que emanan de la naturaleza humana y que organizan de modo fundamental la convivencia humana.
El Derecho Positivo es creado por el hombre, el Derecho Natural nace con el nombre. 
El Derecho Positivo es palpable (está escrito), pero por sobre éste está el Derecho Natural que existe antes que el legislador y el jurista. 
El Derecho Natural posee validez y eficacia jurídica por sí mismo, en tanto que la validez del Derecho Positivo depende de una norma legal vigente.

2. ¿Qué son el "Jus" y el "Fas"?
El fas es el derecho sagrado, lex divina.
Jus es la obra de la humanidad, lex humana. El jus se aplica al derecho en toda su integridad.

3. ¿Cómo se clasifica el derecho?
El derecho subjetivo es la facultad, el poder moral de hacer, omitir o exigir alguna cosa.
El derecho objetivo es el conjunto de normas, sociales, jurídicas, coercibles con sanción, dictadas por la legítima autoridad con el fin de regular la conducta del hombre.
El derecho público es aquel del estado con la gente.
El derecho privado es aquel entre particulares sin participación del gobierno, este se divide en: natural, derecho de gentes y derecho civil.
El derecho natural son las leyes que la Naturaleza ha impuesto a todos los seres vivientes.
El derecho de gentes comprende las instituciones del derecho romano, de las que pueden participar los extranjeros lo mismo que  los ciudadanos.
El derecho civil comprende las reglas especiales de cada pueblo, de cada Estado.
El derecho real es la facultad que tiene una persona para usar, gozar y disfrutar una cosa, es, pues, una facultad que se ejerce sobre algo.
El derecho personal es la facultad que tiene una persona, llamada acreedor, para exigir a otra, denominada deudor, el cumplimiento de un hecho, una abstención o la entrega de una cosa.
Los elementos del derecho real son: el titular del derecho y el objeto del derecho.
Los elementos del derecho personal son: el titular o acreedor, el obligado o deudor y el objeto de la obligación.

4. ¿Cuál es la definición de derecho y sus tres grandes preceptos según Ulpiano?
El derecho es el arte de lo que es bueno y de lo que es equitativo.
Sus tres preceptos son:
  1. Vivir honestamente.
  2. No dañar a otro.
  3. Dar a cada uno lo suyo.
5. Señala los primeros pueblos de Roma incluyendo la raza.
La raza latina, la de los Ramneses que tenían como jefe a Rómulo.
La raza sabina, los Titienses que tenían de jefe a Tatio.
La raza etrusca, los Luceres, que tenían a Lucuwio.

6. ¿Cuál era la forma de gobierno del primer período?
La forma de gobierno fueron la monarquía y la república.

7. ¿Qué clases sociales existían?
Se constituía por los patricios, los clientes y la plebe.

8. ¿Cómo se tomaban las decisiones?

Las decisiones se tomaban con las curias, cada raza estaba compuesta por 10 curias, en las cuales en cada curia había un cierto número de gens. Había 30 curias en total, una por cada raza y se tomaban las decisiones por mayoría absoluta.

9. ¿Cuál es la diferencia entre los comicios con curias y centurias?
Las curias sólo eran 30, 10 por cada raza. Las centurias estaban divididas según las clases que había creado Servio Tulio, en total por toda la población había 193 centurias, estos eran los ciudadanos sujetos al servicio militar.
Las centurias se dividían de la siguiente manera:
  • 80 para los de la primera clase. (100,000 ases).
  • 20 para los de segunda, tercera y cuarta. (75,000; 50,000 y 25,000 ases).
  • 30 para los de la quinta. (11,000 ases).
Además los patricios debían dar 6 centurias para jinetes y 12 los más ricos.
Los que tenían menos de 11,000 eran 5 centurias para obreros, llenar espacios en el ejército, etc.
Si tenías menos de 1,500 ases no pagabas impuestos.

10. ¿Con qué estaban inconformes los plebeyos?
Que estos estaban excluidos de las magistraturas además, al finalizar la monarquía en Roma, estos fueron arrebatados del cultivo de las tierras por las guerras y tenían que pedir dinero a los patricios, cuando no podían pagar los enviaban a cárceles o a la casa del acreedor donde eran esclavos.
Gran parte del problema eran las diferencias que había entre ellos y los patricios y las desigualdades e injusticias a las que eran empujados ellos, además de que sus ideales no tenían peso sobre el gobierno.

11. ¿Cuáles fueron las principales reformas de Servio Tulio?
Servio Tulio logró alianza de Roma con los latinos, reguló que en la gens siempre hubiera un jefe que los mandara a todos los de su linaje o los de su clientela; inició el camino a la igualdad de derechos, modificó la organización militar, sólo debían defender al Estado aquellos que tuvieran propiedades: los más ricos debían dar cierto número de hombres para el ejército, también gracias a esto dividió a la población en cinco clases según cuánta fortuna tuvieras.
Servio Tulio también inició el censo, en el cual si no te inscribías o mentías eras condenado a la esclavitud, gracias al censo se determinaba cuánto debían pagar de impuestos.
También clasificó a las personas en juniors, aquellos de entre 17 y 46 años y en seniors, aquellos entre 46 y 60.
Dividió Roma en cuatro zonas pero ya no según la raza sino según la geografía y administración.

12. ¿Cuáles eran las fuentes del derecho antes de la Ley de las XII Tablas?
La costumbre.

13. ¿Cuál es el efecto más importante de la Ley Caneluia?
Ley que permitía el matrimonio entre patricios y plebeyos. Nombrada por Canuleyo quién luchó por la causa. Fue promulgada en el año 309.

14. ¿Por qué causas se formaron los nuevos puestos de Gobierno?
Debido a que los patricios se dieron cuenta que ya no podían impedir por más tiempo el acceso a los plebeyos a las altas magistraturas. Además estaba el detalle de que los cónsules, que estaban siendo retenidos frecuentemente a la cabeza del Ejército, no tenían tiempo para las funciones administrativas así que se separan ciertas atribuciones del poder consular y se erigen en dignidades distintas.

15. ¿Cuáles fueron estos nuevos puestos y sus funciones?
En el 307 se crearon los cuestores, a los que se les confía la gestión del Tesoro público; en 311 dos censores, encargados de las operaciones del censo, cuidaban las costumbres públicas y privadas; y en 387 al pretor, quien administraba la justicia; los ediles curules estaban a cargo de la alta policía de la ciudad.
En 333 los plebeyos pueden ser cuestores y el número se eleva a cuatro.
En 387 los plebeyos llegan al consulado.

16. ¿Cuáles son los efectos más importantes de la Ley Ovinia y la Ley Hortensia?
Con la ley Hortensia se da fuerza legal a los plebiscitos votados por los plebeyos en los concilia plebis y se decidió que fueran obligatorias para todos los ciudadanos.
La ley Ovinia era la ley por la cual los censores nombraban a los senadores de entre antiguos magistrados. No se conoce fecha exacta.

17. ¿Cuáles fueron las fuentes del derecho y la forma de gobierno del segundo período?
Su forma de gobierno fue la república y sus fuentes fueron la ley de las XII Tablas, los plebiscitos y el derecho escrito en general.

18. ¿Cuál es el efecto más importante de la Lex Regia?
La ley otorgaba al emperador el derecho de hacer todo lo que él juzgara útil para el bien del Estado; es decir, el poder absoluto. Votada por el senado, dicha ley era en seguida ratificada por el pueblo, sin duda en los comicios por las tribus.
Concede el poder:
  1. Proconsular: que le da el mando de todos los ejércitos del imperio.
  2. La potestad Tribunicia: que hace su persona inviolable y le otorga el derecho de veto sobre todos los magistrados.
  3. Potestad censorial: permite completar el senado y proceder a su depuración.
  4. El poder religioso: como lo tenían los reyes en el pasado.
19. ¿Cuáles fueron las fuentes del derecho privado del Tercer Período?
Las fuentes del derecho fueron los senado consultos, las constituciones imperiales y los dictámenes de los jurisconsultos.

20. Menciona y explica las Constituciones Imperiales.
Estas son las decisiones tomadas por el emperador, se dividían en:
  1. Edicto, dirigidas a toda o parte de la población, son aquellas que derivan del derecho de ordenar (jus edicendi) del emperador, el que posee como consecuencia de tener ya el mando (imperium) proconsular.
  2. Decreta, son las decisiones de controversias judiciales, referidas extra ordinem al conocimiento de los emperadores, en primera instancia o en apelación.
  3. Rescripta, son respuestas que otorgan los emperadores sobre cuestiones de derecho que les son sometidas a su consideración por oficiales públicos y privados.
  4. Mandata, son las instrucciones impartidas por los emperadores a los órganos de la administración periférica, gobernadores de provincia, tanto de las provincias senaturiales como de las imperiales. Nunca están explícitamente enumeradas como constituciones, pero no hay duda alguna de que son también fuentes de derecho.
21. ¿Cuál fue la forma de gobierno del tercer período?
El Imperio.

22. ¿Cuáles fueron las necesidades de codificar? ¿Para qué se hizo esto? ¿Qué se intentaba resolver?
Porque Justiniano sintió que se debían modernizar los textos de leyes antiguos para que de esta manera se acoplaran a la época.
Además hay que mencionar que todo el derecho escrito que se había hecho con anterioridad en 10 siglos era tanto que provocaba un verdadero caos, se intentó juntar lo más importante de cada texto para así tenerlo en un mismo documento.

23. ¿Cuáles son y en qué consisten las colecciones de las obras de Justiniano?
  1. Código: Las leyes que ya se tenían pero modernizadas para la época. Se las encargó a Triboniano, modernización del Codex Theodosianus pero esta modernización fue problemática al inicio por lo que fue necesario que Triboniano hiciera la obra Cincuenta Decisiones.
  2. Digesto: los criterios de interpretación de estas leyes.
  3. Instituciones: las obras utilizadas para aprender derecho.
  4. Nuevo Código: el código de Justiniano pero actualizado.
  5. Novelas: Todo lo que vino después del Nuevo Código ya que este no podía ser editado.
24. ¿Cómo se divide la colección de las Instituciones?
  • El libro I era de las personas.
  • El II, III y los cinco primeros capítulos del IV sobre las cosas.
  • El final del IV es sobre las acciones 
25. ¿De qué se trata las Instituciones y cuál es el objeto de estudiarlas?
Son las obras dirigidas a la enseñanza del derecho, estaba compuesto de fragmentos de jurisconsultos clásicos.

26. ¿Cuál es la forma de gobierno del cuarto período?
El Imperio.

27. ¿De dónde viene la palabra "personas"?
Designaba la máscara de la cual servían en escena los actores romanos dando amplitud a su voz.

28. ¿Cómo se clasifican las personas? 
Por su libertad y por su independencia.
Por su libertad estaban los esclavos los cuáles eran todos iguales, ahí nacías o te hacías; y estaban los libres los cuáles se dividían en ciudadanos y no ciudadanos y en libertinos o ingenuos.
Por su independencia estaban los alieni juris los cuales tenían pater familis y los sui juris los cuáles tenían independencia.

29. ¿Cuáles son las causas de esclavitud?
Podía ser por nacimiento o por castigo. Según la “Ley de las XII Tablas” estas eran las formas por las que se perdía la libertad:
  1.  Por no inscribirse en el censo.
  2.  Por no participar en el servicio militar.
  3. Por incumplimiento del pago de una deuda.
  4.  Por delito de robo.
Las causas de la esclavitud en la época del Imperio eran las siguientes:
  1. Condena a ser arrojado a las fieras, trabajos forzados o internamiento en escuela de gladiadores. Estas personas eran llamadas “servi poenae” porque no había más dueño que su castigo. Su matrimonio se disolvía y sus bienes eran repartidos en los herederos.
  2.  Tener relaciones sexuales, una mujer libre con un esclavo ajeno, contra la voluntad del amo de este.
  3. Por ingratitud del libertino o porque un “dediticio” llegara demasiado cerca de Roma.
  4.  Cuando una persona libre se hace pasar por esclavo para ser vendido, reclamar luego su libertar y participar la ganancia indebida con el vendedor.
30. ¿Cuál es la condición del esclavo con su dueño y en la sociedad?
El esclavo es propiedad de su dueño, no tiene derechos civiles y no puede tener ningún cargo en el gobierno. No se consideran personas sino propiedades.
El dueño ejerce sobre su persona y sus bienes.
Para la sociedad es como muerte civil.

31. ¿De qué derechos goza el ciudadano romano en el Derecho Público y Privado? 
En el derecho privado están el connubium, el cuál es la aptitud de contraer matrimonio de derecho civil, llamado justae nuptiae, la única que produce entre el padre y los hijos poder paternal y agnación; y estaba el commercium, el cuál es el derecho de adquirir y transmitir propiedad.
En el derecho público estaban el jus suffragii, derecho para votar en los comicios para hacer ley y elegir magistrados; y estaba el jus honorum, derecho para ejercer funciones públicas o religiosas.

32. ¿Cómo se adquiere y cómo se pierde la ciudadanía?
Se adquiría por nacimiento o causas posteriores al nacimiento, en un matrimonio si el padre fue libre en el momento de la concepción, era libre pero si la madre era soltera se seguía la condición de la madre y sólo era libre si en algún momento del nacimiento la madre lo fue; por causas posteriores al nacimiento eran si era liberado por manumisión regular y el peregrino obtenía la ciudadanía si se acordaba por comicios, por un senadoconsulto o por el emperador.
La ciudadanía se perdía si se convertía en esclavo, por el efecto de ciertas condenas o si se iba de Roma para ser ciudadano de otra ciudad.

33. ¿Cuál es la diferencia entre ingenuos y libertinos?
Los ingenuos eran personas que nacían libres, tienen todos los derechos públicos y privados y son ciudadanos, los libertos eran los que eran esclavos y recuperaban su libertad.

34. ¿Qué es la manumición?
El acto jurídico mediante el cual se le otorgaba la libertad a un esclavo.

35. ¿Qué obligaciones tenían los manumitidos?
El manumitido le debía al ex patrón agradecimiento, había tres niveles de obligaciones con él:
  1. Obsequium: el patrono tiene derecho al respeto y consideraciones de parte del liberto. No podía seguir al ex patrón sin orden de un magistrado y debía darle alimentos en la necesidad.
  2. Operae: esta se hacía con alguna estipulación o juramento, había dos tipos de operae:
    1. Operae officiales: servicios domésticos.
    2. Operae fabriles: debía darle al ex patrón cierto número de jornadas laborales, según su profesión.
    3. Derechos de tutela y sucesión del liberto.
36. ¿En qué consiste el colonato?
La palabra “colonus” era en la época clásica el propietario que cultivaba el suelo de Roma o de las colonias. En el Bajo Imperio significó al hombre libre, atado a perpetuidad a la tierra de otro, para cultivarla mediante un censo en dinero o naturaleza.

Las posibles causas de su origen son:
  1. Existían ya en algunas comarcas antes de la conquista.
  2. Fueron fundados por los bárbaros vencidos.
  3. Antes de perder sus tierras estos propietarios preferían cederlas a los ricos para cultivarlas en paz.
  4.  Constantino y sus sucesores propiciaron su extensión, así los emperadores resolvieron que todo aquel que durante 30 años cultivase la tierra de otro, se convertía en colono.
37. ¿Cuál es la condición jurídica del colono en cuánto al propietario del terreno?
El colonato era por nacimiento o bien por prescripción o convención, se le trataba como a un esclavo y si la tierra se vendía, él iba con ella.
No se podía ser "liberado" del colonato ya que no se consideraba pérdida de libertad.