ARTÍCULO 150 - REBELIÓN
Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 158 - SEDICIÓN
Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: las personas reunidas en grupo de 10 o más personas.
Sujeto pasivo: el Estado, la autoridad.
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 161 - DESÓRDENES PÚBLICOS
Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 163 - CONSPIRACIÓN
Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 164 - TERRORISMO
Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: cualquier persona o grupo de personas.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 165 - SABOTAJE
Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 166 - EVASIÓN DE PRESOS
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: dolosa, culposa (si es por descuido).
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 173 - PORTACIÓN PROHÍBIDA DE ARMAS
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 175 - DISPARO DE ARMA DE FUEGO
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la sociedad, el afectado directamente.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 176 - DELINCUENCIA ORGANIZADA
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: el grupo de delincuencia.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 176 BIS - AGRUPACIÓN DELICTUOSA
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: los sujetos dentro de la agrupación.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 177 - PANDILLA
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: los integrantes de la pandilla.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 177 BIS - CONTRA LA SEGURIDAD EN UN CENTRO DE DETENCIÓN
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier pesona física o servidor público.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 177 BIS I - OBSTRUCCIÓN DE LA VÍA PÚBLICA
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona pública.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio
ARTÍCULO 178 - VIOLACIÓN DE CORRESPONDENCIA
Bien jurídico tutelado: la seguridad de las vías de comunicación.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la colectividad en general y en particular la persona dueña de la correspondencia
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 180 - DESOBEDIENCIA
Bien jurídico tutelado: la función pública.
Sujeto activo: cualquier persona.
Sujeto pasivo: la Autoridad Pública sea judicial o administrativa.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 182 - RESISTENCIA DE PARTICULARES
Bien jurídico tutelado: la función pública.
Sujeto activo: cualquier persona que tenga el deber.
Sujeto pasivo: el Estado, la Autoridad Pública sea judicial o administrativa, la colectividad
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 186 - OPOSICION A QUE SE EJECUTE ALGUNA OBRA O TRABAJO
Bien jurídico tutelado: la función pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 189 - QUEBRANTAMIENTO DE SELLOS
Bien jurídico tutelado: la función Pública.
Sujeto activo: cualquier persona.
Sujeto pasivo: la Autoridad Pública.
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio
ARTÍCULO 191 - CONTRA INSTITUCIONES OFICIALES Y SERVIDORES PÚBLICOS
Bien jurídico tutelado: la función Pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: los Servidores Públicos o Instituciones.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 195 - ULTRAJES A LA MORAL PÚBLICA
Bien jurídico tutelado: la moral pública
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 196 - CORRUPCIÓN DE MENORES
Bien jurídico tutelado: la moral pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: cualquier menor de edad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 201 BIS - PORNOGRAFÍA INFANTIL
Bien jurídico tutelado: la moral pública
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el menor de edad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 202 - LENOCINIO
Bien jurídico tutelado: la moral pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la socidad y las personas sobre quienes recae las conductas y resultados.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 205 - PROVOCACIÓN A UN DELITO
Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la persona incitada, la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 206 - REVELACIÓN DE SECRETOS
Bien jurídico tutelado: la intimidad
Sujeto activo: cualquier persona física o Servidor Público.
Sujeto pasivo: el afectado, persona física o moral así como el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: según aplique.
ARTÍCULO 208 - EJERCICIO INDEBIDO O ABANDONO DE FUNCIONES PÚBLICAS
Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: E Estado y la Administración Pública.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 209 - ABUSO DE AUTORIDAD
Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado, la sociedad, la administración pública y la persona afectada directamente (según el caso)
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 211 - CONTRA EL PATRIMONIO DEL ESTADO
Bien jurídico tutelado: el patrimonio del Estado.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 213 - COALICIÓN
Bien jurídico tutelado: la administración pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 214 BIS - INTIMIDACIÓN
Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: El Estado, la sociedad, la Administración Pública y el intimidado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 215 - COHECHO
Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado, la comunidad, el servicio público.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 217 - PECULADO
Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el estado, la sociedad y la Administración Pública.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.
ARTÍCULO 219 - TRÁFICO DE INFLUENCIA
Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado, la sociedad, la Administración Pública.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio