domingo, 13 de noviembre de 2016

Los Delitos Penales - guía para el examen final.

ARTÍCULO 150 - REBELIÓN

Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 158 - SEDICIÓN 

Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: las personas reunidas en grupo de 10 o más personas.
Sujeto pasivo: el Estado, la autoridad.
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 161 - DESÓRDENES PÚBLICOS

Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 163 - CONSPIRACIÓN

Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 164 - TERRORISMO


Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado.
Sujeto activo: cualquier persona o grupo de personas.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 165 - SABOTAJE

Bien jurídico tutelado: la seguridad del Estado
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 166 - EVASIÓN DE PRESOS

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: dolosa, culposa (si es por descuido).
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 173 - PORTACIÓN PROHÍBIDA DE ARMAS

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 175 - DISPARO DE ARMA DE FUEGO

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la sociedad, el afectado directamente.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 176 - DELINCUENCIA ORGANIZADA

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: el grupo de delincuencia.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 176 BIS - AGRUPACIÓN DELICTUOSA

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: los sujetos dentro de la agrupación.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 177 - PANDILLA

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: los integrantes de la pandilla.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 177 BIS - CONTRA LA SEGURIDAD EN UN CENTRO DE DETENCIÓN

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier pesona física o servidor público.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 177 BIS I - OBSTRUCCIÓN DE LA VÍA PÚBLICA

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona pública.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio

ARTÍCULO 178 - VIOLACIÓN DE CORRESPONDENCIA

Bien jurídico tutelado: la seguridad de las vías de comunicación.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo:  la colectividad en general y en particular la persona dueña de la correspondencia
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio.


ARTÍCULO 180 - DESOBEDIENCIA

Bien jurídico tutelado: la función pública.
Sujeto activo: cualquier persona.
Sujeto pasivo: la Autoridad Pública sea judicial o administrativa.
Culpabilidad: doloso.

Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 182 - RESISTENCIA DE PARTICULARES

Bien jurídico tutelado: la función pública.
Sujeto activo: cualquier persona que tenga el deber.
Sujeto pasivo: el Estado, la Autoridad Pública sea judicial o administrativa, la colectividad
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 186 - OPOSICION A QUE SE EJECUTE ALGUNA OBRA O TRABAJO 

Bien jurídico tutelado: la función pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 189 - QUEBRANTAMIENTO DE SELLOS

Bien jurídico tutelado: la función Pública.
Sujeto activo: cualquier persona.
Sujeto pasivo: la Autoridad Pública.
Culpabilidad: dolosa.
Perseguibilidad: de oficio

ARTÍCULO 191 - CONTRA INSTITUCIONES OFICIALES Y SERVIDORES PÚBLICOS

Bien jurídico tutelado: la función Pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: los Servidores Públicos o Instituciones.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 195 - ULTRAJES A LA MORAL PÚBLICA

Bien jurídico tutelado: la moral pública
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 196 - CORRUPCIÓN DE MENORES

Bien jurídico tutelado: la moral pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: cualquier menor de edad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 201 BIS - PORNOGRAFÍA INFANTIL

Bien jurídico tutelado: la moral pública
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: el menor de edad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad:  de oficio.

ARTÍCULO 202 - LENOCINIO

Bien jurídico tutelado: la moral pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la socidad y las personas sobre quienes recae las conductas y resultados.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 205 - PROVOCACIÓN A UN DELITO

Bien jurídico tutelado: la seguridad pública.
Sujeto activo: cualquier persona física.
Sujeto pasivo: la persona incitada, la sociedad.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 206 - REVELACIÓN DE SECRETOS

Bien jurídico tutelado: la intimidad
Sujeto activo: cualquier persona física o Servidor Público.
Sujeto pasivo: el afectado, persona física o moral así como el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: según aplique.

ARTÍCULO 208 - EJERCICIO INDEBIDO O ABANDONO DE FUNCIONES PÚBLICAS

Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: E Estado y la Administración Pública.
Culpabilidad:  doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 209 - ABUSO DE AUTORIDAD

Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado, la sociedad, la administración pública y la persona afectada directamente (según el caso)
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 211 - CONTRA EL PATRIMONIO DEL ESTADO

Bien jurídico tutelado: el patrimonio del Estado.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 213 - COALICIÓN

Bien jurídico tutelado: la administración pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 214 BIS - INTIMIDACIÓN

Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: El Estado, la sociedad, la Administración Pública y el intimidado.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 215 - COHECHO

Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado, la comunidad, el servicio público.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 217 - PECULADO

Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el estado, la sociedad y la Administración Pública.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio.

ARTÍCULO 219 - TRÁFICO DE INFLUENCIA

Bien jurídico tutelado: el correcto desempeño de la función pública.
Sujeto activo: el Servidor Público.
Sujeto pasivo: el Estado, la sociedad, la Administración Pública.
Culpabilidad: doloso.
Perseguibilidad: de oficio